Sin Takis en la cooperativa: qué cambió (y qué no)
En marzo de 2025, la Secretaría de Educación Pública (SEP) prohibió la venta de alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas dentro de las escuelas públicas de México. La medida lleva más de un año vigente y todavía hay padres de familia que no saben exactamente qué productos entraron en la lista, ni si la cooperativa de su escuela la cumple.
El dato de fondo lo pone en perspectiva: según la ENSANUT Continua 2025, solo cuatro de cada diez mexicanos cumple con la ingesta diaria recomendada de frutas y verduras. El decreto no surgió de la nada.
Qué es un ultraprocesado (y no es lo mismo que “chatarra”)
El término ultraprocesado viene de la clasificación NOVA, desarrollada por investigadores de la Universidad de São Paulo. NOVA divide los alimentos en cuatro grupos según el grado de procesamiento industrial, no según su contenido de grasa o azúcar de forma aislada.
El grupo 4, los ultraprocesados, incluye productos fabricados principalmente con ingredientes extraídos de alimentos o sintetizados en laboratorio: almidones modificados, aceites hidrogenados, proteínas aisladas, aditivos cosméticos (colorantes, saborizantes, emulsionantes). La definición no es “comida chatarra”. Un jugo de naranja 100% natural no es ultraprocesado. Un jugo de naranja con jarabe de alta fructosa, estabilizantes y saborizante artificial, aunque venga en caja verde con una naranja dibujada, sí lo es.
Ejemplos que caen en la categoría: botanas industriales (papas, churros, Takis), refrescos y bebidas saborizadas, yogures con aditivos, embutidos procesados, pan dulce industrial, cereales de caja con azúcares añadidas y muchos productos que se anuncian como “naturales”.
Qué prohíbe exactamente el decreto
La disposición de la SEP se apoya en el etiquetado frontal obligatorio que México implementó desde 2021, derivado de la NOM-051. Los productos con al menos un sello de advertencia (“Exceso de azúcares”, “Exceso de grasas saturadas”, “Exceso de sodio”, “Exceso de grasas trans”, “Exceso de calorías”) no pueden venderse dentro de planteles de educación básica.
Esto significa que la restricción opera sobre los sellos, no sobre la clasificación NOVA directamente. En la práctica el efecto es similar, porque casi todos los ultraprocesados del mercado mexicano llevan al menos un sello. Pero hay un margen: un producto ultraprocesado que no supere los umbrales de la NOM-051 podría, técnicamente, colarse.
La medida aplica a educación básica pública. Las universidades no están incluidas.
Por qué importa más allá de la cooperativa
México ocupa los primeros lugares mundiales en prevalencia de obesidad y diabetes tipo 2. La Secretaría de Salud estima que más del 75% de los adultos mexicanos tiene sobrepeso u obesidad. La relación entre consumo frecuente de ultraprocesados y estas enfermedades está documentada en múltiples estudios de cohorte: los mecanismos incluyen alta densidad calórica, poca saciedad, disrupción del microbioma intestinal y efectos inflamatorios de ciertos aditivos.
Un estudio publicado en la revista UVserva en 2024 mostró asociación significativa entre consumo de ultraprocesados y sobrepeso en estudiantes universitarios mexicanos, lo que sugiere que el problema no termina cuando el alumno sale de la primaria.
El decreto escolar es una intervención de salud pública con lógica respaldada. Reformar el ambiente alimentario donde los niños pasan ocho horas al día es más efectivo que campañas de “come sano” sin cambiar la oferta disponible.
Lo que sigue sin resolverse
La prohibición tiene límites reales. El primero es la vigilancia: no existe un mecanismo sistemático de inspección que asegure el cumplimiento en las más de 200,000 escuelas públicas del país. Muchas cooperativas siguen operando con los mismos productos porque nadie llega a verificar.
El segundo límite es el entorno fuera del plantel. Los changarro y tiendas de la esquina que rodean cualquier escuela no están regulados por el decreto. El niño que no compra el Gansito adentro lo compra en la entrada.
El tercero es la sustitución. Algunas cooperativas reemplazaron refrescos con bebidas azucaradas “naturales” sin sellos, o botanas que apenas pasan el umbral. La forma se cumple; el fondo, a medias.
Lo que puedes hacer con esta información
Si tienes hijos en edad escolar, puedes verificar si la cooperativa de su escuela cumple revisando los sellos de los productos que vende, los mismos octágonos negros que ya están en el empaque. Si un producto tiene sello y se vende adentro, hay una violación al decreto que puede reportarse a la Contraloría escolar o directamente a la SEP.
Si trabajas en nutrición o educación, el decreto es una palanca para justificar cambios en el menú sin necesidad de empezar el argumento desde cero: la regulación ya existe, el problema es hacerla cumplir.
Lo que el decreto sí logró, incluso con sus grietas, es poner el tema en la conversación pública. Eso, en política alimentaria, no es menor.
Fuentes
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Instituto Nacional de Salud Pública. (2025). ENSANUT Continua 2025. https://ensanut.insp.mx/encuestas/ensanutcontinua2025/index.php
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Fundación Bariátrica Mexicana. (2025). La alimentación en México en 2025: retos y oportunidades para la salud pública. https://fundacionbariatrica.org/la-alimentacion-en-mexico-en-2025-retos-y-oportunidades-para-la-salud-publica/
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Pérez-López, E. et al. (2024). Consumo de alimentos ultraprocesados y su relación con sobrepeso y obesidad en estudiantes universitarios. UVserva. https://uvserva.uv.mx/index.php/Uvserva/article/view/2831